COAPI y ABINI celebran la regulación de la profesión inmobiliaria en Baleares
Palma de Mallorca,
El Colegio Oficial de Agentes de la Propiedad Inmobiliaria de Baleares y la alianza de inmobiliarias de Baleares ABINI celebran la aprobación de la Ley proveniente del Decreto Ley 6/2023, de 2 de octubre, de medidas urgentes en materia de vivienda porque supone un paso más para destensionar el grave problema de vivienda que tiene actualmente en Baleares.
Tanto COAPI, ABINI y todas las asociaciones representantes del sector llevan años trabajando en propuestas dirigidas a paliar este problema que afecta directa e indirectamente a todos los residentes en Baleares. Por ello, alcanzar este acuerdo con un amplio consenso de las fuerzas políticas parlamentarias es doble motivo de satisfacción, ya que pone en relieve los más de siete años que ambas entidades llevan trabajando para poner remedio a esta situación. “Agradecemos a los 45 diputados que han votado a favor de esta Ley. Estamos ante un hito en el sector inmobiliario en un momento de máxima emergencia y es muy tranquilizador comprobar que la mayoría de los diputados del Parlamento balear son capaces de llegar a consensos cuando se trata de un problema real. Ahora, con la aprobación de la regulación del agente inmobiliario y de un registro obligatorio, se podrá poner orden a este sector tan relevante y aportar así una completa seguridad, transparencia y profesionalidad en las operaciones inmobiliarias”, ha afirmado el presidente de COAPI, José Miguel Artieda.
Por su parte, el presidente de ABINI, Hans Lenz, ha reconocido el trabajo conjunto, “porque cuando se elabora una normativa en estrecha colaboración entre la Administración y los profesionales se puede identificar los problemas y plantear soluciones efectivas y realistas en su alcance. Es hora de poner freno a la falta de seriedad que genera el intrusismo en el sector inmobiliario. Los derechos del ciudadano y la seguridad jurídica van a prevalecer a partir de ahora.”
COAPI y ABINI han insistido en la regulación de la actividad desde la aprobación del Real Decreto-ley 4/2000, de 23 de junio, de Medidas Urgentes de Liberalización en el Sector Inmobiliario y Transportes. Concretamente, cuando se dejó la profesión de intermediación inmobiliaria liberalizada y desregulada, siendo innecesario a partir de su entrada en vigor tanto la colegiación como la formación para la prestación de dichos servicios.
Sin embargo, tres años después, en la Ley 10/2003 del 20 de mayo, se mantiene esa liberalización en el ejercicio de la profesión, aunque se reconoce la necesidad de establecer una normativa reguladora de esta actividad, para dar protección a los consumidores. Una necesidad que seguía sin ser resuelta.
Desde entonces, tal y como explica Artieda, “han proliferado todo tipo de oportunistas, que además dominan en número la intermediación dentro del sector, y en gran parte esquivan o desconocen las leyes, normas y obligaciones, provocando un lógico e injusto desprestigio de la profesión, así como un claro perjuicio a la ciudadanía, y también cierta distorsión del mercado”. A partir de ahora se inicia un nuevo camino; regulando la profesión del agente inmobiliario se protege la compraventa de las viviendas, todo un derecho constitucional que no cuenta con ningún control.
Tanto COAPI como ABINI celebran esta regulación porque va a suponer que a partir de ahora sea necesario contar con unos conocimientos necesarios para operar, suscribir un encargo para fijar con claridad las condiciones de la comercialización como garantía de todas las partes, contar con una dirección en Baleares, contar con un seguro de responsabilidad civil, un aval o caución que garantice los depósitos de clientes, mantener una formación continua, así como estar en posesión de la documentación completa y ofrecer una información detallada del inmueble.
Para el consumidor será fácilmente reconocible el número de Registro Oficial de Agente Inmobiliario de las Illes Balears (ROOAIB). A partir de la publicación en el BOIB los agentes inmobiliarios tendrán seis meses para registrarse. Cualquier oferta, promoción y publicidad de inmuebles sin cumplir las exigencias legales tendrá la consideración de oferta ilegal o actividad clandestina, intrusismo y competencia desleal, e implicará la incoación del expediente sancionador correspondiente.
Todo ello conlleva de manera incuestionable que las operaciones se lleven a cabo de forma transparente, segura y fiable para el consumidor, que es sin duda alguna el gran beneficiado de esta medida aprobada en el Parlamento balear.